Reforma, Alfredo González
Una nueva ofensiva fiscal del Servicio Administración Tributaria (SAT) pondrá a prueba la supervivencia de las empresas en el 2026, pues si una operación les es cuestionada, el emisor de la factura que la ampara deberá probar de manera “irrefutable” a la autoridad y en una vista domiciliaria exprés de sólo 5 días que la transacción ocurrió en realidad, o le serán cancelados sus sellos digitales, con lo que dejaría de operar.
Luz María Guerra, directora de la firma Sistema Inteligente de Administración y de Control (SIAC), advirtió que la medida está contemplada en la propuesta de reformas al Código Fiscal de la Federación (CFF) para el 2026, en la que busca ampliar la herramienta estrella del SAT que ha sido el artículo 69B, con el cual se elaboran las listas negras de EFOS (empresas factureras).
“¿Una factura timbrada por el SAT puede ser falsa? La respuesta que busca establecer la ley es un sí categórico y queda claro que el timbrado es únicamente un requisito formal, pero la validez real de un comprobante dependerá exclusivamente de que la operación amparada se haya realizado en la realidad”, indicó.
“A partir de una notificación del SAT, el contribuyente tendrá apenas cinco días hábiles para localizar, reunir, organizar y entregar todas las pruebas que demuestren la existencia real de la operación. Estas nuevas facultades están diseñadas para actuar a una velocidad inédita”.

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